La Sala Civil del Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes (NNA) acogió una acción constitucional de amparo contra una pareja de testigos de Jehová que se niega a que le sea practicada una transfusión de sangre a su hija que nació en un parto prematuro y con complicaciones de salud. El tribunal emitió la sentencia que ordena a una clínica de Santiago realizarle la transfusión sanguínea cuantas veces sea necesario, acorde a los protocolos médicos correspondientes. La jueza María Martínez Malagón declaró regular y válido el amparo, que tuvo como base la Constitución de la República, el Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03), la Declaración de los Derechos Humanos y la Declaración de los Derechos de los Niños Niñas y Adolescentes, así como la Ley General de Salud No. 42-01, el Código Penal Dominicano y la Ley del Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales (Ley 137-11).