LEGISLACIÓN | Cambios en la norma que castiga la trata de personas

Mediante la Ley 46-25, del 21 de julio de 2025, se modifica la legislación dominicana sobre tráfico ilícito de migrantes y trata de personas con penas de hasta 40 años de cárcel para traficantes de migrantes cuando se produzcan circunstancias agravantes, como “la muerte de una o más de las personas involucradas u objeto del tráfico ilícito de migrantes”. La nueva norma modifica la Ley núm. 137-03, del 3 de agosto de 2003, sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas. Tiene por objeto adecuar la tipificación del tráfico ilícito de migrantes y sus delitos conexos, de las circunstancias agravantes de la trata de personas, estableciendo también penas que sancionen y desincentiven la comisión de estos hechos delictivos. Al cómplice del delito de tráfico ilícito de migrantes agravado se le impondrá la pena inmediatamente inferior que al autor. Asimismo, al funcionario o servidor público hallado culpable o cómplice de este delito se le impondrá, como pena complementaria, la inhabilitación por diez años para ejercer cualquier tipo de función pública y, en caso de reincidencia, la inhabilitación será de veinte años, cuyo cumplimiento se inicia a partir del término de la sanción privativa de libertad impuesta.

Tambien podria interesarle

LIBRE COMPETENCIA | Fallo judicial: “Google es un monopolio”

“Google es un monopolista y actuó como tal para mantener su monopolio”. Así se pronunció …