El Estado dominicano salió victorioso en un caso de arbitraje internacional como resultado de la demanda arbitral interpuesta en su contra por los señores Michael y Lisa Ballantine invocando el capítulo 10 sobre Inversión del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos (DR-Cafta), en particular la disposición relativa al trato nacional, trato de nación más favorecida, nivel mínimo de trato y expropiación. Los señores Ballantine demandaron al Estado por la suma de US 41,500,000.00 en el denominado caso “Jamaca de Dios” alegando violaciones al DR-CAFTA por no permitirle la expansión de su proyecto habitacional y recreacional en el área protegida del Parque Nacional Baiguate. El martes 3 de septiembre, el tribunal arbitral emitió su laudo definitivo desestimando los reclamos de los señores Michael y Lisa Ballantine, particularmente sobre la base de que no tenían calidad para ampararse en el DR-Cafta en vista de que la nacionalidad efectiva y dominante de dichos señores era la dominicana tanto cuando se produjeron los hechos como cuando se interpuso la demanda arbitral.
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