DEBIDO PROCESO | EL Tribunal Constitucional no puede violar su ley orgánica para agilizar expedientes

El Tribunal Constitucional (TC) no puede quebrantar sus normas y procedimientos con el fin de agilizar ningún expediente, tal como expresó recientemente el presidente de esa Corte, magistrado Milton Ray Guevara, haciendo particular alusión a la Ley de Partidos y de Régimen Electoral. El doctor Ray Guevara explicó que todos los casos en materia de dicha ley han sido declarados de urgencia y que los fallos pendientes se harán de acuerdo a lo establecido en los artículos 41 y 43 de la Ley Orgánica 137-11, que le otorga a los jueces cuatro meses para fallar los expedientes. “Estamos conscientes de la necesidad imperiosa de que los recursos sean fallados. Ahora bien, para que una decisión del TC sobre un expediente sea aprobada se necesitan nueve votos, que es la cantidad mínima. No se le puede pedir al tribunal que viole su ley”.

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