LABORAL: Periodo de licencia materna aumenta a catorce semanas

A partir del 9 de febrero entró en vigencia la resolución 211.14 que aprobó el Convenio 183 sobre la Protección de la Maternidad de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), el cual dispone un aumento de dos semanas al periodo de licencia por maternidad. El Ministerio de Trabajo de la República Dominicana informó que no será necesario esperar que un nuevo Código Laboral entre en vigencia e incluya este mandato para que la República Dominicana lo cumpla. En marzo de 2014, la Cámara de Diputados aprobó en única lectura el convenio, que prevé una licencia materna de catorce semanas, seis de las cuales deberán ser obligatoriamente posparto. De igual forma, el acuerdo establece que las mujeres que se ausentan del trabajo por causa de embarazo tienen derecho a prestaciones en dinero que garanticen su mantenimiento y el del niño o niña a un nivel conveniente. El monto de esas prestaciones no podrá ser inferior a las dos terceras partes de las ganancias previas, o a un monto del mismo orden de magnitud.

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