El Tribunal Constitucional suspendió la ejecución de la sentencia que ordenó devolver RD$ 20 millones a la sociedad Prado Universal Corp., y a su principal accionista Arturo del Tiempo Marqués, dictada por la suspendida jueza Awilda Reyes Beltré el 20 de agosto del año 2015. Mediante el expediente 0089-16 la demanda en suspensión de ejecución de sentencia interpuesta por la Procuraduría General de la República, Procuraduría Especializada Anti Lavado de Activos y la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional fue acogida por el Tribunal, suspendiendo la número 118-2015, dictada por la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional. Los jueces firmantes concluyeron que tras ponerse en duda la competencia de jurisdicción penal de la jueza que conoció la acción de amparo, es pertinente adoptar la providencia excepcional de suspender la ejecutoriedad de dicha decisión.
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