La Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia rechazó el recurso de casación que interpuso la fiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reinoso, al archivo definitivo de las investigaciones por presuntos actos de corrupción al exministro de obras públicas Víctor Díaz Rúa. En la instancia que cuenta con el voto disidente de Miriam Germán Brito, presidenta del tribunal, y Esther Angelán Casasnovas, se estableció que la decisión impugnada no contiene vicios, “ya que se hizo una correcta aplicación de la norma penal, ciñéndose a las reglas del debido proceso, en los aspectos procedimentales de la misma”. La Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación había confirmado la decisión que declara nulas todas y cada una de las actuaciones del proceso de investigación seguido al exministro de Obras Públicas por la fiscalía. La Corte sostuvo que las actuaciones llevadas a cabo por el Ministerio Público fueron practicadas en violación a los derechos fundamentales de Díaz Rúa, contraviniendo disposiciones legales y constitucionales. Planteó que el imputado está protegido por el principio constitucional de la no autoincriminación y que el Ministerio Público estaba en la obligación de notificarle, no solamente la querella, sino toda actuación que realizara luego de la solicitud de medida de inmovilización.