El Tribunal Superior Administrativo declinó conocer de una demanda interpuesta por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) en contra de la empresa Sargeant Petroleum LTD, y ordenó a las partes proveerse de la jurisdicción del Centro Internacional para la solución de Disputas de Inversión (CIADI), para el conocimiento de las pretensiones del MOPC. El tribunal entendió que existe una prorrogación natural de la disputa hacia el arbitraje de inversión. Sargeant Petroleum, LTD y el Estado dominicano suscribieron un contrato de almacenamiento y manejo de productos asfálticos en fecha 10 de mayo de 2013, cuya ejecución fue suspendida por la actual administración gubernamental suspendió su ejecución, lo cual generó una considerable deuda a cargo del Estado dominicano y daños directos e indirectos producto de las acciones del MOPC, según un documento. La empresa de origen norteamericano reclama en arbitraje dichas sumas más los daños y perjuicios alegadamente percibidos por violaciones al capítulo 10 del tratado de Libre Comercio con Centroamérica y República Dominicana (DR-Cafta).
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