Una visión del proyecto de reforma del Código Civil de la República Dominicana
Gilles Paisant
El Código Civil de la República Dominicana, adoptado en el 1884, se presentaba como una traducción del Código Civil francés de 1804. Desde esta época, evolucionaron mucho nuestras sociedades y los modos de vivir, especialmente en los contextos económicos y políticos.
Recomendaciones lingüísticas de Fundéu Guzmán Ariza
Ernesto J Armenteros
Crónica de una muerte anunciada: el descalabro de Puerto Rico
Cuatro, cinco y hasta seis décadas atrás los dominicanos pudientes íbamos de compras y de vacaciones a Puerto Rico. La meca eran el Caribe Hilton y Plaza las Américas. Veníamos cargados de productos que no se obtenían en Dominicana: pañales desechables, cereal, carretes e hilo de pescar, piezas de repuestos industriales, ropa, zapatos, etc. Objetos y bienes que hoy en día nosotros encontramos en variedad y cantidad en las numerosas tiendas que tenemos en los enormes centros comerciales que están por doquier.
Édynson Alarcón
¿Cuándo se cierran los debates?
Resumen: Se aborda la problemática, no tan clara, del cierre de los debates en el procedimiento civil dominicano y se confrontan las teorías que persisten sobre este particular.
La descentralización del poder de representación del Estado: ¿mito o realidad?
- Guillermo Estrella Ramia
Resumen: Se analiza el tema del poder de representación del Estado que poseen los ministros y las instituciones gubernamentales que forman parte de la Administración pública, a través de la descentralización que reconocen la Constitución y las leyes dominicanas, y se procura demostrar que actualmente no se le reconoce tal poder en la práctica, ya que se ponen trabas a su ejercicio que son contrarias a la esencia misma de la organización pública.
Yoaldo Hernández P.
Resumen: No basta, para determinar herederos y partir un bien inmueble indiviso, con que se someta la solicitud de determinación y los trabajos técnicos para individualizar los derechos, sino que necesariamente debe constar un acuerdo amigable sobre la distribución de tales prerrogativas.
Argenis García del Rosario
Resumen: Ante el impago de la deuda tributaria, la administración tiene la potestad de cobrarla compulsivamente por medio de los mecanismos de ejecución forzosa que le consagra la norma en vigor. Se analiza la legalidad y juridicidad de esos mecanismos a partir de la autotutela que existe en esa fase a cargo de la propia administración tributaria.
José Manuel Méndez Cabrera
La publicidad en el embargo inmobiliario: una tarea pendiente
Resumen: Se critica el sistema de publicidad previsto en los distintos procedimientos de embargo inmobiliario por no concentrarse en el aspecto medular de una venta en pública subasta.
José de Js. Bergés Martín
La función calificadora del registrador mercantil
Resumen: El registrador mercantil es la persona física designada por la Cámara de Comercio y Producción de cada provincia del país con la función exclusiva e indelegable de apreciar, prima facie y de manera temporal, la validez de los actos comerciales y societarios sometidos a su despacho para fines de registro e inscripción en el Registro Mercantil.
Yorlin Lissett Vásquez Castro
Resumen: Se analiza si las disposiciones contenidas en el artículo 42 de la Ley 11-92, que instaura el Código Tributario, han quedado derogadas por efecto de los artículos 138 y 140 de la Constitución de 2010, y por la publicación y entrada en vigencia de la ley 107-13, sobre Derechos y Deberes de las Personas en sus Relaciones con la Administración Pública y de Procedimiento Administrativo, y si, en consecuencia, se deben considerar las consultas técnico-tributarias como actos administrativos implícitos con efectos vinculantes y susceptibles de ser recurridos.
Francisco Álvarez Martínez
Resumen: El plazo previsto en el artículo 377 de la Ley 479-08 se inicia luego del hecho generador, o incluso del registro en Cámara de Comercio, si el beneficiario de tal prerrogativa no tuvo conocimiento directo del acto a ser eventualmente atacado. Las medidas de publicidad surten efecto para los terceros; los socios tienen sus mecanismos internos de publicidad.
Posibles mejoras al régimen de expropiación forzosa
Rodolfo Mesa Chávez
Resumen: El régimen legal de expropiación requiere de importantes cambios a fin de convertirlo en un instrumento efectivo tanto para asegurar el carácter social de la propiedad, como para salvaguardar los derechos de los expropiados.
Recientemente comenzó la fase de vista pública abreviada con respecto a los reglamentos de la Ley 155-17 contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, que incluye: a) el reglamento general de la ley, y b) el reglamento de congelamiento, a fin de que los sujetos obligados de todos los sectores tengan conocimiento y, si lo entienden de lugar, formulen sus observaciones, recomendaciones y sugerencias.