JUDICIAL: Apuntalan criterio sobre inconstitucionalidad de la ley sobre notariado

 

La Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que ya antes había sentado el precedente sobre la inconstitucionalidad del artículo 51 de la Ley 140-15, en una decisión más reciente reitera este criterio y apunta que la declaratoria de inconstitucionalidad del artículo 51 no cuestiona el ejercicio de las facultades que les son conferidas a los notarios a partir de la entrada en vigencia de la Ley 140-15, “sino que lo hagan en régimen de absoluta exclusividad”. En su decisión correspondiente al expediente núm. 026-02-2016-ECIV-00744, emitida el día 7 de marzo de 2017 con el núm. 026-02-2017-SCIV-00168, la corte añade que “mal pudiera este tribunal o cualquier otro emprender súbitamente una cruzada de anulaciones de embargos o desalojos a mansalva tomando por único referente que quien los haya instrumentado sea un alguacil o un notario, según el criterio que se tenga en torno a la constitucionalidad del artículo 51 de la Ley 140-15, por lo menos mientras se produce un pronunciamiento de cierre sobre ese tema en el Tribunal Constitucional…”.

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