JURISPRUDENCIA | Los mensajes de WhatsApp son admisibles como medios de prueba

En una decisi贸n reciente la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia estableci贸 que los documentos digitales y mensajes de datos admitidos como medios de prueba tienen la misma fuerza probatoria que los actos bajo firma privada, en virtud de la aplicaci贸n de la Ley n煤m. 120-02 聽del 4 de septiembre del 2002. Esta decisi贸n apunta a que, para una motivaci贸n racional, los jueces del fondo deben examinar todas las pruebas que sean aportadas, principalmente en el sentido que despeje dudas de en cu谩les elementos de prueba se apoyaron para la reconstrucci贸n de los hechos a los que luego aplicar谩n el derecho. La jurisprudencia surge luego de que desde la jurisdicci贸n de primer grado fuera impugnada en casaci贸n una sentencia sobre la veracidad de unos mensajes remitidos mediante la aplicaci贸n de mensajer铆a para tel茅fonos WhatsApp aportados por una parte del proceso con el objeto de probar una deuda. La Tercera Sala es competente para conocer las materias de tierras, laboral, contencioso administrativo y contencioso tributario; est谩 constituida actualmente por los magistrados Manuel Alexis Read Ortiz (presidente), Manuel R. Herrera Carbuccia, Anselmo Alejandro Bello Ferreras y Rafael V谩squez Goico.

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