LEGISLACIÓN | Promulgan la Ley de Facturación Electrónica

Fue promulgada la Ley núm. 32-23, de Facturación Electrónica, que instaura y regula el sistema fiscal de facturación electrónica en la República Dominicana. A partir de la entrada en vigencia de esta ley el pasado 16 de mayo, los grandes contribuyentes nacionales tienen un plazo de 12 meses para emitir de manera obligatoria facturas electrónicas, los grandes locales y medianos contribuyentes tienen 24 meses y los pequeños, micro- y no clasificados, 36 meses. La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) publicó el calendario de implementación de los contribuyentes obligados a emitir comprobantes fiscales electrónicos (e-CF) y explicó los requisitos para ser autorizado como emisor de comprobantes fiscales electrónicos: a) completar el formulario de Solicitud de Autorización para ser Emisor Electrónico disponible en la oficina virtual (OFV); b) disponer de certificado digital para procesos tributarios, que corresponda a la persona que actuará en representación del contribuyente y que dicho representante esté autorizado en su RNC; c) cumplir con las exigencias técnicas que la DGII disponga aprobando de manera exitosa el proceso de certificación del sistema para emitir comprobantes fiscales electrónicos (e-CF); d) tener el registro nacional de contribuyentes (RNC) actualizado.

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