NOVEDAD LEGISLATIVA | La Ley 68-19 modifica la Ley General de Sociedades Comerciales

El presidente Danilo Medina promulgó, el 23 de marzo de este año, la Ley 68-19, que modifica el artículo 91 de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada. La ordenanza elimina el requisito de capital mínimo de RD$ 100 000 para la constitución de sociedades de responsabilidad limitada (SRL) en el país. Según lo dispone la legislación, a partir de ahora los empresarios y emprendedores podrán formalizar sus negocios con el capital que sea más adecuado y pertinente a la realidad de su operación: “Artículo 91.- El capital social de las sociedades de responsabilidad limitada se dividirá en partes iguales e indivisibles que se denominarán cuotas sociales, las cuales no podrán estar representadas por títulos negociables. Párrafo I.- El monto del capital social y el valor nominal de las cuotas sociales serán determinados por los socios en los estatutos sociales y el capital social se integrará por cuotas sociales no menor de cien pesos dominicanos con 00/100 (RD$100.00) cada una”. La pieza legislativa aprobada por el Congreso Nacional había sido iniciada por el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM) en agosto de 2014, con el asesoramiento del Banco Mundial y el acompañamiento del Consejo Nacional de Competitividad.

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