El presidente Danilo Medina promulgó la Ley 17-19 para la Erradicación del Comercio Ilícito, Contrabando y Falsificación de medicamentos, hidrocarburos, alcohol y sus derivados y tabaco y sus derivados. Corresponde al Ministerio Público, mediante la procuraduría especializada correspondiente, ejercer la representación, defensa y persecución de los intereses del Estado, según establece el artículo 6 de la promulgada ley. En caso comprobarse que los registros o controles fiscales, los requerimientos de calidad o salud pública han sido alterados, no se aplican o se han falseado, la licencia o permiso será suspendido de manera temporal, o permanente en caso de reincidencia.
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