PODER JUDICIAL: Habilitan tribunales de liquidación por vigencia de la Ley 141-15

El  Consejo del Poder Judicial (CPJ) dispuso que la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santiago funcionen como tribunales de liquidación y reestructuración de empresas y personas físicas comerciantes. Asimismo, ordenó que la Segunda Sala Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, así como la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación de Santiago operen como Corte de Apelación de Reestructuración y Liquidación hasta se designen los jueces de esas estructuras judiciales. La decisión está contenida en el acta núm. 44/2016, que consigna que el propósito de la medida es dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 236 la Ley 141-15 de Reestructuración y Liquidación de Empresas y Personas Físicas Comerciantes, del 7 de agosto de 2015. El CPJ adoptó la medida para que la norma pueda entrar en vigencia y se dé cumplimiento a partir del mes de febrero de 2017.

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