RÉGIMEN CONTRIBUTIVO: Permitirán afiliación de hermanos, tíos, sobrinos y abuelos al SFS

 

La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) emitió una resolución que establece los requisitos y condiciones para la afiliación de los dependientes directos y adicionales del afiliado titular al Régimen Contributivo del Seguro Familiar de Salud, incluidos hermanos, tíos, sobrinos, abuelos e hijos mayores. La resolución núm. 00206-2016 establece que esos parientes pueden ser ingresados al sistema, con la condición de que no estén inscritos en una nómina en la Tesorería de la Seguridad Social, y que se encuentre bajo la protección económica del afiliado titular, su cónyuge o compañero de vida, conforme lo dispone la resolución núm. 184-05, dictada por el Consejo Nacional de Seguridad Social. La nueva resolución se sustenta en la Ley 87-01, sobre el Sistema Dominicano de Seguridad Social, específicamente en su artículo 123, y en el Reglamento sobre Aspectos Generales de Afiliación al SFS del Régimen Contributivo, que establece la posibilidad de inscribir a otros familiares, aparte de sus dependientes directos, que tengan un parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad, al cubrir los costos de su protección.

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