SENTENCIA | El Constitucional cierra una brecha a la reelección presidencial

El Tribunal Constitucional (TC) declaró inadmisible un recurso que buscaba la nulidad de la vigésima disposición transitoria de la Constitución de la República Dominicana. Según indica el dictamen del TC, el 15 de febrero de 2018 la parte accionante depositó ante la Secretaría del TC una instancia mediante la cual promueve la declaratoria de inconstitucionalidad de la disposición transitoria vigésima de la Constitución. Las infracciones constitucionales invocadas por el accionante reposan en el supuesto de que la disposición atacada violaría los artículos 22, 39, 68, 69, 110 y 124 de la Constitución. El tribunal, en atención a lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley No. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del 13 de junio de 2011, que prescribe la celebración de una audiencia pública para conocer de las acciones directas de inconstitucionalidad, precedió a celebrarla el 11 de junio de 2018, compareciendo todas las partes y quedando el expediente en estado de fallo. El Tribunal dispuso declarar inadmisible la citada acción directa de inconstitucionalidad en razón de la imposibilidad de declarar la inconstitucionalidad de la propia Constitución.

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