TELECOMUNICACIONES | Se despeja la vía legal para el servicio de itinerancia nacional

El Tribunal Constitucional de República Dominicana (TC) y el Tribunal Superior Administrativo (TSA) establecieron mediante sendas sentencias la legalidad de la Resolución número 070-2023 emitida por el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), y la legitimidad del organismo regulador para adoptarla. En su sentencia TC/1091/24, del 30 de diciembre de 2024, el TC declaró conforme a la Constitución de la República la Resolución núm. 070-2023, emitida por el Consejo Directivo del Indotel el 6 de julio de 2023, y rechazó el recurso de inconstitucionalidad presentado por Altice Dominicana y la Compañía Dominicana de Teléfonos (Claro). Esta resolución establece el Reglamento del Servicio de Itinerancia (roaming) Automático Nacional (RAN) en beneficio de los usuarios del servicio telefónico. En una nota enviada a los medios, INDOTEL explicó que con la medida se busca establecer reglas que promuevan la competencia y eviten distorsiones en el mercado. Esto permitirá que, mediante acuerdos libremente negociados, un operador (red de origen) pueda hacer uso de la red de otro (red visitada) en los lugares donde no tiene cobertura o infraestructura propia, sujeto a las condiciones de uso y pago por acceder a esa infraestructura.

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