TRIBUNAL CONSTITUCIONAL|Validan embargos sin la fuerza pública

El Tribunal Constitucional (TC) invalidó la resolución de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que obliga el uso de la fuerza pública para la ejecución de las sentencias que ordenen embargos, desalojos, expulsiones de lugares y otros actos análogos. Los jueces del Constitucional acogieron por unanimidad el recurso de revisión constitucional interpuesto por la Asociación Dominicana de Alguaciles contra la resolución 17/2015 del Consejo del Poder Judicial y la declararon no conforme con la Carta Magna. En la sentencia TC-446-18, el TC determinó que el Consejo del Poder Judicial incurrió en una violación de los principios de legalidad, interdependencia y de actuación establecidos en la Constitución en los artículos 40, numeral 15, 151 y 170.


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